La presentación de esta convocatoria de subvenciones de FP para el Empleo con compromiso de contratación se ha desarrollado en CECO
La delegada de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, M.ª Dolores Gálvez, y el presidente de CECO, Antonio Díaz, han presentado esta mañana, ante una veintena de empresas, la convocatoria de subvenciones para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional para el Empleo que incluyan compromiso de contratación dirigidos a personas trabajadoras desempleadas. Estas ayudas establecen para la provincia de Córdoba un presupuesto de 2.100.000 euros para unas subvenciones que son en concurrencia no competitiva.
El plazo para solicitarlas está abierto hasta el 31 de octubre de 2023.
La responsable territorial ha explicado que esta convocatoria trae cambios importantes, “el primero de ellos cambiando el foco, y dirigiéndonos a quien de verdad contrata y conoce las necesidades en sus plantillas, las propias empresas. Las anteriores convocatorias con compromiso de contratación se dirigían a entidades colaboradoras homologadas que se comprometían a conseguir la inserción de sus alumnos posteriormente en empresas. Esta línea de trabajo ha mostrado la dificultad que tenían muchas de estaa entidades para conseguir posteriormente ese compromiso de contratación”.
Otra de las novedades que permite esta convocatoria, ha informado Gálvez, es trabajar en nuevas especialidades formativas. “Si alguna empresa o empresas solicita una especialidad nueva que no esté contemplada, nos pondremos a trabajar en el desarrollo de ese nuevo programa formativo para incorporarlo al catálogo del SEPE, y una vez desarrollado esto, se podrá solicitar la subvención para realizar la formación” ha concretado.
La delegada de Empleo ha incidido en que en esta convocatoria, “serán las propias empresas, las que seleccionen también los alumnos a formar, que luego incorporarán a sus plantillas con un compromiso de contratación del 40%”. Se estima un alcance de unos 810 alumnos en 54 acciones formativas, lo que llevaría a la contratación de, al menos, 324 personas desempleadas.
Por su parte, Antonio Díaz, ha destacado que con esta convocatoria “nos dirigimos hacia una formación a la carta en la que se tiene en cuenta las necesidades de las empresas. Este es el camino para formar los profesionales que estas demandan. Esta convocatoria que hoy presentamos va en esa dirección, atendiendo además a las pymes y autónomos de nuestra comunidad, el grueso de nuestro tejido empresarial "
Las acciones formativas a impartir se deben corresponder con una especialidad formativa no conducente a certificado de profesionalidad incluida en el Catálogo de Especialidades Formativas en el marco del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, y han de impartirse en modo presencial.
En el caso de que la empresa requiera dar una formación que no está catalogada, desde la Delegación territorial se les asesorará y ayudará a diseñar ese plan formativo y a que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) lo incluya en su catálogo, para que pueda ser objeto de la subvención. Asimismo, las empresas que no están homologadas para dar formación profesional para el empleo pueden subcontratar esta formación con centros homologados.
Los alumnos de esta formación subvencionadas han de ser personas trabajadoras desempleadas, inscritas en el Servicio Andaluz de Empleo, que cumplan los requisitos de la especialidad formativa programada y no haya tenido vinculación laboral con la empresa beneficiara en los seis meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
El compromiso de contratación se determinará sobre el total de personas trabajadoras desempleadas formadas, y no podrá ser inferior al 40 por ciento de las mismas, no siendo posible hacer uso de la modalidad de contratos de formación en alternancia.
Los contratos de trabajo formalizados deberán tener una duración mínima de 6 meses en caso de jornada a tiempo completo, y de 9 meses cuando la jornada sea a tiempo parcial.
Se entenderá también cumplido el compromiso de contratación en los supuestos de la incorporación de alumnado como persona socia o socio trabajador, o de trabajo, de una sociedad cooperativa o de una sociedad laboral, siempre que sean dados de alta como trabajadores por cuenta ajena, y se haga en una ocupación vinculada con la formación recibida en el marco de las bases reguladoras.
Cada empresa deberá presentar una solicitud por cada programa formativo que estará formado por una única acción formativa. El trámite se realizará a través de la Oficina virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo disponible en el enlace https://lajunta.es/46mt1 .
Requisitos
Las empresas beneficiarias de este programa de subvenciones debe haber desarrollado actividad económica durante, al menos, un año anterior a la fecha de convocatoria, así como no haber obtenido volumen de negocios negativo durante el ejercicio anterior a la fecha de publicación de la convocatoria. No podrán ser beneficiarias las sociedades civiles ni comunidades de bienes ni agrupaciones temporales de empresas.
Serán subvencionables tanto los costes directos e indirectos de la actividad formativa, y el calendario de pagos será de un 25% inicial tras la concesión de la subvención; otro 25% una vez se haya acreditado el inicio del programa formativo; y el 50% restante a partir de la presentación de la justificación final y tras la comprobación formal de la justificación presentada.